-CÓDIGO DE BUENA CONDUCTA -
Exposición de Motivos
Articulado
EXPOSICION DE MOTIVOS.
I. Justificación
El presente Código surge de la necesidad de poner orden en la sociedad deportiva Los Mundos de Llopis, tanto en los partidos como en las conductas externas. Todo acto que se considere lesivo a los intereses del equipo será juzgado por las normas imperativas de dicho Código, sin que quepa soborno o chantaje alguno.
II. Procedimiento.
Toda conducta lesiva será castigada por el Tribunal Competente, compuesto de 2 miembros aleatorios del equipo. Las sanciones de carácter pecuniario se integraran en la masa del equipo mediante transferencia bancaria. Frente a la Sentencia del Tribunal cabe recurso de Súplica, el cual el sujeto para ser perdonado de sus pecados tendrá que ser objeto de putaditas de los demás sujetos.(salir en calzoncillos, unos cuantos toallazos). Siempre en atención al principio de proporcionalidad y consenso que cabe el recurso.
Articulado
Artículo 1. Todos los miembros del equipo deben confirmar la asistencia al partido mediante 48 horas antes del partido. En caso de no poder asistir al partido se tendrá que avisar con un mínimo de 24 horas. Si se confirma la asistencia y al partido ese sujeto no asiste se castigará con una multa de 5 euros que será destinada al fondo del equipo para cervezas, cenas, invitaciones a las Cheerleaders…No obstante por motivos de urgencia o fuerza mayor (terremotos, tsunamis..) se podrá avisar con menos de 24 horas antes del partido.
Artículo 2. Condiciones asistencia al partido. Al partido se deberá asistir en condiciones APTAS para el desarrollo normal del juego, por aptas se entiende estar de pie y poder mover el cuerpo sin que la resaca del día anterior impida hablar, jugar…En caso de asistir en condiciones lamentables se impone la sanción al infractor de correr durante 20 minutos en carrera continua después del partido. En caso de no asistir al partido por evidente embriaguez la sanción del Art. 1 se elevará a 10 €.
Artículo 3. Este Código es susceptible de modificación, ampliación y eliminación (previo consenso) desde su presentación hasta el comienzo de la liga
- Departamento Jurídico Los Mundos de Llopis -
Se podrá dispensar el artículo II en caso de que en la causa de la embriaguez hayan participado mas de 2 jugadores simultaneamente.
ResponderEliminarartículo III: Aquel jugador que profiriese cantos, insultos o palabras malsonantes estando en el banquillo contra otro jugador del equipo será motivo de sanción de 10 euros.
artículo III: Gozará del privilegio del lanzamiento de penaltis, faltas o similares aquel jugador que acuda al partido junto a su pareja a fin de poder dedicarle el esperado gol y asegurarse la "recompensa" posterior.
artículo III.1: Si el jugador acude junto a su pretendida no siendo esta su pareja aun, gozará ademas del reconocimiento público de sus compañeros.
articulo III.2: A fin de estimular al equipo y subir su moral, aquel jugador que consiga publico gozará de recompensa en forma de falta o penalti. Ademas, si el mencionado público fuese femenino, se dispondrá de la dispensa de ser sustituido en cualquier momento, siendo esta dispensa única y por una sola vez, haciendo los compañeros uso razonable de la solicitud de cambio.
(continuará...)